FINES - CARIDAD
Uno de los fines de nuestra Hermandad y Archicofradía, establecidos claramente en nuestras Reglas y por tanto de obligado cumplimiento es “potenciar las obras caritativas y asistenciales de sus miembros, dirigiéndolos comunitariamente y haciendo llegar sus beneficios a sus hermanos necesitados, en primer lugar, y a todo aquel que lo necesite, en general, a través del Fondo de Caridad”.
Desde el principio de nuestras Reglas se establece ya que uno de los objetivos primordiales de nuestra Institución es la acción caritativa y para ello se establece el Fondo de Caridad como el órgano que ha de llevar a cabo esta acción. En el Capítulo Tercero se abunda con más detenimiento en los fines caritativos y sociales, así la Regla 10 establece que “los hermanos de la Pontificia y Real Archicofradía, siguiendo el ejemplo de Jesús, deberán cultivar el amor al prójimo, procurando formar una verdadera hermandad entre ellos y con proyección hacia los demás, especialmente los enfermos y los necesitados. Para ello, colaborarán con la Parroquia, Cáritas y otra instituciones similares de la Iglesia y, a la vez, realizarán cuantas actividades sean convenientes a favor de los necesitados.”
La Regla 11 entra de lleno en regular el Fondo de Caridad, éste “con sus propios medios prestará asistencia material a los necesitados de socorro y ayuda, a juicio del Cabildo de Oficiales y según el espíritu de estas Reglas. Para atender a sus fines, el Fondo de Caridad contará con los óbolos depositados en los cepillos destinados a ello, con los donativos que para los mismos se reciban, con las cuotas voluntarias que los hermanos establezcan en su beneficio, con las cuestaciones que el Cabildo de Oficiales acuerde efectuar en misas y actos de culto, con las aportaciones de la Mayordomía en forma de porcentaje, nunca inferior al diez por ciento de los ingresos netos obtenidos en el ejercicio anual, y con cualquiera otros recursos que circunstancialmente se arbitren. La administración de los fondos corresponderá al Diputado del Fondo de Caridad que podrá disponer de ellos para resolver necesidades urgentes, dando posterior cuenta al Cabildo de Oficiales y siempre atendiendo las directrices parroquiales.”
Para terminar con la regulación contenida en nuestras Reglas, en la número 83 al hablar de los miembros de la Junta de Gobierno establece que “el Diputado del Fondo de Caridad será el encargado de promover y coordinar toda la labor asistencial y caritativa que la Pontificia y Real Archicofradía emprenda. Fomentará y utilizará el dinero del Fondo de Caridad conforme a los medios y arbitrios que estas reglas establecen y según las normas que al respecto pudieran emanar de los Cabildos Generales.”
Actualmente y por decisión de nuestro Cabildo de Oficiales nuestra labor caritativa se desarrolla dentro de la Cáritas parroquial, en la cual están integrados varios hermanos de nuestra Archicofradía al igual que nuestro Diputado de Fondo de Caridad.
La labor de Cáritas parroquial se centra en la atención de las necesidades de nuestra feligresía, básicamente con la aportación de alimentos a quienes nos lo demandan. Excepcionalmente se dan otro tipo de ayudas pero la política general es aportar lo necesario en alimentación para que ese ahorro que conseguimos en la economía familiar haga posible atender el resto de gastos de la vida diaria. Los alimentos los obtenemos del Banco de alimentos, bien los que proviene de la Comunidad Europea, bien de sus propios fondos, y además nosotros los completamos con el importante volumen, unos dos mil kilos que obtenemos en la campaña de Navidad. Además, cuando es necesario, compramos determinados productos que consideramos de primera necesidad y a veces escasean en los canales de suministro antes reseñados.
El Fondo de Caridad se nutre económicamente de la aportación anual de los presupuestos de la Archicofradía (que ha de alcanzar al menos el diez por ciento de los ingresos netos del ejercicio como vimos más arriba), y además de sus propios ingresos, bien por donativos que recibe, bien por los beneficios que se obtienen de la venta de fotografías de nuestras Sagradas Imágenes, medallas, escudos de solapa, etc. El Fondo de Caridad es el único autorizado por el Cabildo de Oficiales para comercializar la imagen corporativa de la Archicofradía y la imagen de Nuestros Sagrados Titulares, destinando íntegramente los ingresos a la acción caritativa.
Esos fondos se destinan en buena parte a Cáritas parroquial donde no sólo aportamos nuestra personal colaboración sino que además anualmente una importante partida económica. Además el Fondo de Caridad ha colaborado al pago de los gastos de un seminarista del Seminario Mayor de nuestra Diócesis, y aporta una importante cantidad anual a la Parroquia para sus gastos ordinarios.